Llega la multa ‘express’

Publicado 2010-05-31 00:32:12 por Alanzo Garcia

El pasado 25 de mayo entraron en vigor la mayor parte de las reformas en el código de circulación y el procedimiento sancionador establecidas por la Nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

Uno de los objetivos de esta reforma ha sido dotar a las multas y sanciones de un carácter más “pedagógico” y es que, según los datos de tráfico, hasta ahora pasaban una media de 5 meses y 2 años entre el momento en el que el conductor cometía la infracción y el pago de la multa. De este modo, y agilizando el procedimiento sancionador, la Administración pretende que la asociación entre una conducta prohibida al volante y el castigo que conlleva se inmediata.

Así una de las reformas introducidas es la llamada “multa exprés”, que supone un descuento del 50% en el importe de la sanción económica siempre y cuando se abone el importe de la infracción en los 20 días naturales siguientes a la sanción. Tan exprés será en algunos casos, que incluso se contempla la posibilidad de que el conductor abone en el momento la multa a los agentes de tráfico mediante cargo a la tarjeta de crédito.

Pero el aspecto negativo de esta multa es que al pagarla, el conductor acepta implícitamente su responsabilidad, por lo que supone una renuncia a su derecho a presentar alegaciones en contra. Si no se paga y se presentan alegaciones el plazo para hacerlo es el mismo: 20 días naturales. Si el conductor no lo hace en este plazo, la sanción se considera firma y se pierde la posibilidad de descuento.

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