Una sentencia obliga a Iberia a dejar volar solas a las personas sordas
Publicado 2009-06-04 10:57:53 por Alys MedinaUna sentencia emitida por la Audiencia de Madrid ha ordenado a Iberia y a su filial Air Nostrum que “cesen” en la vulneración de derechos de las personas con discapacidad y no discriminen a las personas sordas, a las que impedían volar en grupos de dos o más sin un acompañante no discapacitado.
La Audiencia opina que los límites establecidos por Iberia y Air Nostrum carecen de utilidad y condenó a las compañías a indemnizar con un euro a cada uno de los tres pasajeros sordos a los que se negó la entrada en un avión.
Los hechos ocurrieron en 2004 cuando un comandante de Air Nostrum impidió volar a tres pasajeros sordos que tenían la intención de hacerlo desde Melilla a Madrid, alegando que según el manual de operaciones de vuelo no era posible que viajasen solas dos o más personas con esta discapacidad.
La sentencia no acepta el argumento de las líneas aéreas en el que se expresa que pusieron otro vuelo a disposición de los tres pasajeros, ya que considera que en ningún momento se ofreció un acompañante para el mismo ni se intentó encontrar a un pasajero del primero que actuara como tal.
Según la Audiencia de Madrid, este tipo de limitaciones establecidas en el manual de operación de tráfico no pueden mantenerse debido a su carencia de utilidad, por lo que deben ser retiradas.
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